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Un depósito se incendió y explotaron 43 camiones con garrafas: 16 años después, indemnizarán a la familia que vivía enfrente

El tribunal condenó a la empresa y a su aseguradora a indemnizar a una pareja y a sus dos hijos por los daños sufridos en 2010. El fallo reconoció indemnizaciones por daño psicológico, daño moral y perjuicios materiales para los cuatro integrantes de la familia
Un depósito se incendió y explotaron 43 camiones con garrafas: 16 años después, indemnizarán a la familia que vivía enfrente

Un juzgado civil y comercial de San Martín condenó a una distribuidora de gas y a su aseguradora al pago de más de 31 millones de pesos a una familia afectada. (Imagen de archivo: Télam)

Un juzgado civil y comercial de San Martín condenó a una empresa distribuidora de gas y a su aseguradora a pagar $31.097.438,28 a una familia cuya vivienda sufrió daños por una explosión e incendio en un depósito de garrafas ocurrido en 2010. La sentencia atribuyó responsabilidad a la firma por el riesgo de la actividad y de los elementos que mantenía bajo su control. La resolución también estableció intereses hasta el pago efectivo.

La demanda se originó en un siniestro ocurrido el 30 de octubre de 2010, cerca de las 4, en un predio ubicado en la localidad bonaerense de Grand Bourg. Según el reclamo, los integrantes de la familia descansaban en su casa, situada frente al depósito, cuando escucharon un ruido y vieron un destello. El episodio incluyó la explosión de 43 camiones que transportaban garrafas y cilindros de gas envasado.

Los demandantes sostuvieron que las detonaciones provocaron daños en la vivienda y afectaciones psicológicas en los cuatro integrantes del grupo familiar. En la presentación inicial solicitaron una indemnización de $282.000, aunque el monto final fijado por el juzgado fue actualizado a partir de las pruebas reunidas durante el proceso. La causa tramitó durante más de 14 años antes de la sentencia.

El siniestro se originó en octubre de 2010 en Grand Bourg a partir del incendio y la detonación de 43 camiones cargados con garrafas. Imagen del expediente judicial (Poder Judicial)

La empresa demandada reconoció que esa madrugada se produjo un incendio dentro de su establecimiento. Explicó que el fuego se habría iniciado por un cortocircuito en uno de sus vehículos y que luego se extendió a otros camiones cargados con recipientes de gas licuado. Pese a esa admisión, cuestionó que los desperfectos denunciados en la casa tuvieran relación directa con el hecho.

La compañía también planteó que los reclamantes no habían acreditado ser propietarios del inmueble afectado. El juzgado rechazó esa defensa al considerar que la demanda no buscaba discutir la titularidad de la vivienda, sino reparar perjuicios sufridos por quienes la habitaban y ejercían su posesión. La jueza señaló que la legislación vigente al momento del hecho permitía reclamar daños sobre una cosa tanto a sus dueños como a sus poseedores.

La aseguradora, en tanto, reconoció que tenía dos pólizas contratadas con la empresa. Una correspondía al seguro de un camión y otra cubría riesgos derivados de incendios, explosiones, descargas eléctricas y escapes de gas. La sentencia aceptó la falta de cobertura respecto del seguro automotor, porque no se probó que el vehículo incluido en esa póliza hubiera sido el que originó el siniestro.

Los bomberos voluntarios evacuaron a los habitantes de las casas linderas y destinaron cinco horas al control del fuego y al retiro de escombros. Imagen del expediente judicial (Poder Judicial)

No obstante, la resolución hizo extensiva la condena a la compañía de seguros por la póliza de riesgos varios. Esa cobertura incluía hechos como el incendio y las explosiones producidas dentro del establecimiento. El fallo indicó que la aseguradora deberá responder dentro de los alcances del contrato y con los límites de cobertura aplicables al momento en que efectúe el pago.

Para reconstruir lo ocurrido, el Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 7 de San Martín valoró testimonios de vecinas que relataron haber escuchado explosiones, visto una bola de fuego y percibido olor a gas durante la madrugada. Una de ellas afirmó que los bomberos pidieron a los residentes de la zona que evacuaran sus casas ante la posibilidad de nuevas detonaciones. También mencionó daños en viviendas cercanas, como roturas de vidrios, caída de muros y voladuras de chapas.

Un informe de los Bomberos Voluntarios consignó que, al llegar al lugar, encontraron el predio cubierto por el fuego y detonaciones constantes de recipientes de gas ubicados tanto en los vehículos como dentro de la edificación. El operativo demandó cerca de tres horas para controlar el incendio y otras dos para remover escombros. Los bomberos informaron que debieron proteger las viviendas linderas y disponer la evacuación de los vecinos.

La pericia de ingeniería civil verificó restos de cilindros en la terraza y averías en techos, cielorrasos y el tanque de agua de la propiedad. Imagen del expediente judicial (Poder Judicial)

La pericia de ingeniería civil realizada en la vivienda de los demandantes detectó daños en el techo, la membrana impermeabilizante, los cielorrasos, la canaleta de desagüe, la puerta exterior, una cortina de ventana y el tanque de agua. La experta informó que en la terraza había restos vinculados a garrafas y sectores de membrana quemada. También concluyó que los desperfectos eran compatibles con la presión y el calor generados por un estallido seguido de incendio.

El costo de las reparaciones fue calculado en $197.438,28, con valores correspondientes a septiembre de 2017. Esa suma fue dividida en partes iguales entre los dos adultos que habitaban el inmueble. El juzgado sostuvo que el informe técnico no fue desvirtuado con elementos suficientes y que, por ese motivo, tenía valor para acreditar tanto los daños como el nexo con la explosión.

La decisión desestimó el reclamo por incapacidad física y por gastos médicos, medicamentos y traslados. La jueza señaló que no se produjo una pericia médica y que no había constancias que demostraran lesiones físicas ni erogaciones vinculadas con tratamientos médicos. También se rechazó ese tramo de la demanda porque los reclamantes desistieron de la prueba médica prevista en el expediente.

El fallo otorgó indemnizaciones por daño moral, secuelas psíquicas y sesiones de terapia para los cuatro integrantes de la familia. (Imagen de archivo: Freepik)

En cambio, la pericia psicológica detectó secuelas en tres de los integrantes de la familia. El fallo otorgó $4,8 millones por incapacidad psíquica a una de las demandantes, $4 millones a otro integrante adulto y $6 millones a uno de los hijos. Para el otro hijo no se estableció incapacidad psíquica permanente, aunque se reconoció la necesidad de un tratamiento psicológico por síntomas de ansiedad, angustia e inseguridad. Al momento del hecho, los integrantes de la familia tenían 30, 28, 7 y 5 años de edad.

Además, el juzgado dispuso compensaciones para financiar tratamientos psicológicos semanales. Las sumas fueron de $1,6 millones, $1 millón, $2,4 millones y $600.000, de acuerdo con la duración estimada para cada caso. La sentencia tomó como referencia un valor de $50.000 por sesión y aclaró que los intereses sobre esos gastos comenzarán a correr desde la fecha del pronunciamiento, ya que se trata de tratamientos que deberán afrontarse a futuro.

Por daño moral, la resolución fijó $2 millones para una de las demandantes, $1,5 millones para el otro adulto, $6 millones para uno de los hijos y $1 millón para el restante. El juzgado entendió que el hecho, la evacuación, el riesgo derivado de las explosiones y los daños en la vivienda permitían tener por acreditada la afectación extrapatrimonial. La decisión consideró que ese perjuicio no requería una demostración específica adicional ante las características del episodio.

La empresa y la aseguradora deberán pagar dentro de los 10 días posteriores a que la sentencia quede firme. Sobre los rubros indemnizatorios se aplicará una tasa anual del 6% desde el 30 de octubre de 2010 hasta la fecha del fallo, y luego una tasa pasiva hasta el cobro efectivo. Las costas del proceso fueron impuestas a la parte demandada, mientras que la regulación de honorarios quedó pendiente para una etapa posterior.

Fuente: Infobae — Ver noticia original