PUBLICIDAD
ARGENTINA Y EL MUNDO · INFORMACIÓN DESDE TODOS LOS ÁNGULOS
Dólar oficialCargando…Venta en pesos
Dólar tarjetaCargando…Venta en pesos
Dólar blueCargando…Venta en pesos
Dólar MEPCargando…Venta en pesos
Contado con liquiCargando…Venta en pesos
Cotizaciones de referencia · Fuente: DolarAPI
PUBLICIDAD
Tu marca
en este espacio
PUBLICIDAD
Tu marca
en este espacio

La decisión de Pettovello sobre el bono de fin de año para jubilados

El Ministerio de Capital Humano definió los detalles sobre el refuerzo económico que cobrarán los jubilados y pensionados de la ANSES junto con los haberes de diciembre.
La decisión de Pettovello sobre el bono de fin de año para jubilados

El Ministerio de Capital Humano, encabezado por Sandra Pettovello, terminó de oficializar el esquema de cobros que regirá en diciembre para los jubilados.

La medida busca dar certidumbre a los sectores de menores ingresos antes del inicio del cronograma habitual de pagos.

Con la confirmación del nuevo tope de haberes y la liquidación del Sueldo Anual Complementario, el Gobierno definió cómo se aplicará el pago del bono extraordinario de refuerzo y quiénes quedarán alcanzados por el beneficio en la liquidación de fin de año.

De esta forma, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) acreditará el salario mensual con aumento, el aguinaldo y el refuerzo económico en una misma fecha, siguiendo la terminación del DNI.

Quiénes cobrarán el bono de fin de año de la ANSES

El refuerzo dispuesto por el área que conduce Pettovello está destinado a cuidar el poder adquisitivo de los haberes más bajos de la escala previsional.

Alcanza de manera directa a los siguientes grupos:

  • Jubilados y pensionados que perciban hasta un haber mínimo.

  • Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

  • Pensiones No Contributivas (PNC) por Invalidez, Vejez y Madres de 7 hijos o más.

Para quienes superen el monto de la jubilación mínima, el organismo acreditará un bono variable proporcional hasta alcanzar el tope máximo fijado por la normativa vigente.

Cómo se liquida el aguinaldo de diciembre junto al bono

El cobro de fin de año contempla la suma de tres conceptos que se depositarán de forma unificada en las cuentas bancarias de los titulares.

El monto total que percibirá cada jubilado se compone de:

  • Haber mensual: con la última actualización por movilidad informada por la ANSES.

  • Aguinaldo (SAC): equivalente al 50% del mejor haber del segundo semestre (sin incluir el bono).

  • Bono de refuerzo: pago extraordinario completo o proporcional según el nivel de ingresos.

Bono de fin de año para jubilados: la decisión de Pettovello.

Calendario de pago confirmado para jubilados con haberes mínimos

La acreditación unificada del haber, aguinaldo y bono comenzará en la primera quincena del mes para los titulares que cobran hasta un haber mínimo:

  • DNI terminados en 0: primera jornada hábil de pago.

  • DNI terminados en 1 y 2: segunda y tercera jornada hábil.

  • DNI terminados en 3 y 4: mitad del cronograma de liquidación.

  • DNI terminados en 5 y 6: tramo posterior de acreditaciones.

  • DNI terminados en 7, 8 y 9: cierre del calendario previo a los feriados de fin de año.

Fechas de cobro para haberes que superan la mínima

Para los jubilados y pensionados que perciben más de un haber mínimo, el calendario unificado se organizará en fechas agrupadas según la terminación del documento:

  • DNI terminados en 0 y 1: inicio de liquidaciones para haberes superiores.

  • DNI terminados en 2 y 3: segundo turno de acreditación.

  • DNI terminados en 4 y 5: tercer turno de cobro.

  • DNI terminados en 6 y 7: cuarto turno de pago.

  • DNI terminados en 8 y 9: finalización del esquema mensual de la ANSES.

Fuente: Crónica — Ver noticia original