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Qué castigo podrían recibir los presos que tomaron de rehén a un penitenciario

La Fiscalía analiza distintas figuras penales tras el violento episodio que mantuvo a un agente cautivo durante siete horas. Los involucrados ya cumplen extensas condenas por graves antecedentes.
Qué castigo podrían recibir los presos que tomaron de rehén a un penitenciario

Dos presos protagonizaron una toma de rehenes que mantuvo en vilo a las autoridades durante aproximadamente siete horas y activó un fuerte operativo de seguridad. 

Aunque el trabajador penitenciario finalmente fue liberado, el episodio abrió una nueva investigación judicial. Ahora, los responsables podrían enfrentar nuevas condenas, que complicarían su situación dentro del sistema carcelario.

¿Quiénes son los presos que tomaron de rehén a un penitenciario?

Los captores fueron identificados como Ramiro Armando Colucci y Claudio Alexander González Flores, quienes ya cumplen extensas condenas por delitos graves y cuentan con un amplio historial delictivo.

El primero fue condenado a 27 años de prisión por distintos hechos, entre ellos homicidio agravado por el uso de arma de fuego, robos agravados y portación ilegítima de armas.

Por su parte, el segundo detenido, recibió una pena de 23 años de cárcel por delitos que incluyen robos agravados y abuso sexual agravado con acceso carnal.

Ambos llevan aproximadamente 17 años privados de su libertad. En este contexto, ambos reclamaron ser trasladados a otros establecimientos y solicitaron hablar con un juez de Ejecución Federal.

¿Qué delitos podrían imputarles y cuántos años de cárcel recibirían?

La investigación quedó a cargo del fiscal Martín Lucero, quien deberá determinar las responsabilidades de los dos detenidos por lo ocurrido durante la toma de rehenes.

Una de las principales figuras penales que se analizan es la privación ilegal de la libertad coactiva, prevista en el artículo 142 bis del Código Penal argentino.

Este delito se configura cuando una persona es retenida con el objetivo de obligarla, o de presionar a terceros, para que realicen determinada acción.

La legislación establece penas de entre 5 y 15 años de prisión para la figura básica. Sin embargo, cuando se presentan determinadas circunstancias agravantes, la escala puede elevarse de 10 a 25 años de cárcel.

Además, la Fiscalía analiza posibles delitos de amenazas, lesiones y robo, vinculados con las circunstancias en las que el trabajador permaneció cautivo y con los elementos que habrían utilizado los internos.

De todas maneras, todavía no se confirmó una imputación definitiva. La Justicia deberá establecer qué conductas pueden atribuirse a cada acusado y si corresponde aplicar alguna de las agravantes previstas por la ley.

En caso de recibir nuevas condenas, también deberá determinarse cómo se unifican las penas con las sentencias que ambos ya cumplen.

Fuente: Crónica — Ver noticia original