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La Justicia rechazó el pedido de excarcelación de Ariel Vallejo, el financista cercano a Chiqui Tapia

El empresario había quedado detenido el viernes en una causa por lavado de dinero y asociación ilícita. Incumplió las condiciones que le había impuesto el juez al no avisar del cambio de domicilio.
La Justicia rechazó el pedido de excarcelación de Ariel Vallejo, el financista cercano a Chiqui Tapia

La Justicia rechazó la excarcelación de Ariel Vallejo, el financista cercano al presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia. El empresario quedó preso la semana pasada después de presentarse en el juzgado, luego de que ordenaran su captura, por el delito de lavado de dinero.

La decisión la dispuso el juez federal de Lomas de Zamora, Juan Tomás Rodríguez Ponte, luego de la presentación del abogado del detenido, Pablo Parera, que había pedido arresto domiciliario y vigilancia electrónica para su cliente.

El magistrado advirtió sobre un “riesgo concreto de fuga” de Vallejo. El magistrado ordenó la semana pasada la detención del financista, luego de que no encontraran al empresario en el domicilio que había informado a la Justicia.

Rodríguez Ponte consideró que “la propia conducta del imputado en punto al incumplimiento de las obligaciones impuestas valoradas en conjunto configuran un riesgo concreto de fuga que torna aplicable la revocación de su libertad”.

El juez argumentó además que “la escala penal de los delitos que se le atribuyen descarta una eventual condena de ejecución condicional, a lo que se suma que se le conocen vínculos con numerosas sociedades, cuentas y bienes registrados a nombre de terceros, todo lo cual, además de los incumplimientos ya configurados, permite presumir fundadamente que podría valerse de esos recursos para eludir la acción de la justicia”.

El juez consideró que no hay “otra medida menos gravosa que no sea el encarcelamiento preventivo, para asegurar el cumplimiento de las futuras obligaciones procesales, sin perjuicio de que su situación de libertad sea nuevamente examinada al momento de resolverse su situación procesal”.

Rodríguez Ponte dijo además que las condiciones que pidió la defensa “no resultarían suficientes, dado que el imputado ya gozaba de un régimen de libertad sujeto a las referidas reglas concretas y no las cumplió”, y mencionó que “el arresto domiciliario y la vigilancia electrónica presuponen un domicilio cierto y controlable, que es justamente lo que el imputado no ha podido acreditar”.

Noticia que está siendo actualizada.-

Fuente: TN — Ver noticia original