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La Corte Suprema de la Nación confirmó la condena del joven que noqueó a un playero de un garaje porteño

El máximo tribunal del país dejó firme la sentencia por el hecho ocurrido en septiembre de 2021, cuando el autor del ataque tenía 17 años; la víctima estuvo internada un año y medio y quedó con secuelas neurológicas
La Corte Suprema de la Nación confirmó la condena del joven que noqueó a un playero de un garaje porteño

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena contra un joven que hace cinco años noqueó de una trompada artera a un playero de un estacionamiento privado del microcentro al que golpeó luego de que su madre le reclamara al trabajador por un presunto rayón en su auto, un Mercedes-Benz. La víctima, Arturo López, sufrió terribles consecuencias: estuvo un año y medio internado y quedó con daños neurológicos irreversibles.

Según informó el máximo tribunal, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron por “inadmisible” la presentación hecha por la defensa contra el último fallo sobre el caso, en el que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad convalidó las sentencias dictadas contra C. M. A., que era un menor de 17 años cuando se produjo el hecho en el garaje situado en Moreno 876.

En los tribunales porteños aún está pendiente de definición el monto de la pena que debe purgar el joven, cuestión que no formó parte de la resolución de la Corte Suprema dada a conocer este miércoles.

C. M. A. había sido sentenciado originalmente a cuatro años y seis meses de prisión por las lesiones gravísimas dolosas en perjuicio de López, que tenía 67 años en el momento de la agresión y que, desde entonces, sufre un cuadro severo de afasia que obliga a que deba ser asistido para prácticamente todas sus tareas cotidianas.

Tras un recurso de la defensa, la Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires redujo la pena a tres años de prisión en suspenso. Pero esa resolución también fue apelada y es objeto de revisión.

Desmayó a un playero porque le rayaron el auto

El 19 de septiembre de 2021, López discutía delante de las cajas de pago del estacionamiento con una mujer que le reclamaba por un rayón en el Mercedes-Benz que habían dejado estacionado en la cochera. En ese contexto, C. M. A. se acercó el costado y le pegó una trompada en la cara al playero, que cayó pesadamente, golpeó su cabeza en el piso y quedó inconsciente.

Acto seguido, el joven, su madre y otras dos personas que los acompañaban salieron rápidamente del lugar; C. M. A. estuvo cinco meses prófugo hasta que su familia pactó su entrega ante la Justicia, que se hizo efectiva el 29 de abril de 2022.

En tanto, López permanecía internado y en rehabilitación en la Clínica Fitz Roy con secuelas neurológicas irreversibles, problemas cognitivos, del habla y motrices.

El 1 de septiembre de 2023, el juez Alejandro Villanueva, a cargo del Juzgado Penal y Penal Juvenil Nº 11 porteño, condenó a C. M. A. a la pena de cuatro años y seis meses de prisión efectiva; la fiscalía había reclamado cinco años y tres meses de cárcel. No obstante, no se ordenó la concreción del arresto porque el acusado aún tenía opciones de apelación de la sentencia.

Dos meses después, la jueza de menores Laura de Marinis (la misma que declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la nueva ley del régimen penal juvenil) dispuso su liberación con el uso de una tobillera y con la prohibición de salir de la Ciudad.

Posteriormente, la Sala 1 de la Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires consideró que la pena dictada a C. M. A. había sido “excesiva” y la redujo a tres años de cumplimiento condicional.

Los jueces que intervinieron oportunamente antes de que el caso llegara al Tribunal Superior “tuvieron en cuenta la especial gravedad de los hechos imputados, así como que la pena impuesta no era privativa de la libertad y estaba orientada a fines socioeducativos y de reintegración comunitaria del imputado”.

No obstante, ese pronunciamiento aún no adquirió firmeza y sigue siendo objeto de debate en los tribunales de la Ciudad.

Fuente: La Nación — Ver noticia original