La Corte Suprema de Justicia de la Nación aclaró mediante un comunicado el fallo que ratificó un decreto del Gobierno del presidente Javier Milei, que habilita la venta sin límites de tierras a los extranjeros, y que desató una polémica por parte de los dirigentes de la oposición. Además, cuestionó los “discursos de odio y descalificación”.
El escrito del máximo tribunal “se dirige a la opinión pública con la finalidad de despejar dudas que se han generado en relación a la sentencia dictada en la causa Cecim c. el Gobierno Nacional”.
En el primer punto expresa que la decisión “se ajusta estrictamente a todos los precedentes” del Máximo Tribunal integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
“La sentencia no afecta a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales. Tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente”, expresa al inicio.
Como bien se informó, la Corte había revocado un fallo que había frenado la derogación de la Ley de Tierras y dejó nuevamente operativo el artículo 154 del DNU 70/2023 de Milei, el cual eliminó las restricciones específicas para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.
Los ministros de la Corte también aclararon que el fallo no “obstaculiza” la función del Congreso de la Nación en el tratamiento del DNU 70/2023, que fue rechazado por el Senado de la Nación el 14 de marzo del año 2024 y, está siendo examinado por la Cámara de Diputados.
“La Corte Suprema ha ejercido un liderazgo en la a protección de los recursos naturales, el ambiente y los bienes colectivos durante muchos años, y no es conveniente intentar confundir a la población en este aspecto. La crítica es correcta; la descalificación y el odio sólo deterioran las instituciones y la democracia”, continúa el escrito.
“Los grupos de interés que presionan sobre el tema también pueden recurrir al reclamo judicial, lo que, en una democracia, es más adecuado que la promoción de discursos de odio y descalificación en las redes sociales”, insistieron los magistrados.
La Corte Suprema defendió su fallo sobre tierras y cuestionó los “discursos de odio”.
Finalmente, precisaron que la controversia sobre el artículo 154 del DNU 70/2023 y la vigencia de la ley 26.737, correspondiente al Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales, no fue resuelta en este expediente.
“La Corte se expedirá sobre las normas jurídicas conocidas como ley de tierras cuando lleguen esos reclamos, lo que no ha ocurrido hasta el momento. De modo que no puede interpretarse de ninguna manera que exista una posición del Tribunal o de los ministros sobre el referido régimen”, concluye el comunicado difundido este jueves.
El fallo que armó la polémica por la venta de tierras extranjeros
El polémica empezó cuando el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata promovió un amparo contra el Estado Nacional por el artículo 154 del DNU 70/2023 que dispone la derogación de la ley de tierras vigente (26.737). Eliminar esa normativa implica, entre varias cuestiones, sacar un tope máximo de 15% para la adquisición de tierras por parte de extranjeros.
En marzo de 2024, la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata revocó una decisión de primera instancia y admitió el reclamo de los excombatientes.
Sin embargo, esta semana la Corte anuló ese fallo porque consideró que la organización civil que promovió la acción no tenía legitimidad para hacerlo y no discutió en ningún momento el alcance del discutido artículo 154 del decreto.
Reacción opositora y medidas contra el DNU
Esa determinación terminó ratificando la vigencia del mismo y habilitó la venta de tierras sin límites, algo que generó críticas de varios sectores políticos e incluso la organización de una movilización para los próximos días.
“El fallo de la infamia”, expresó el gobernador Axel Kicillof a través de su cuenta de X. Mientras que la fundadora de la Coalición Cívica Elisa Carrió aseguró que “el DNU que contiene la derogación de la prohibición de límites de compra de tierras a extranjeros es de nulidad absoluta y debe ser rechazado inmediatamente por ambas cámaras”.
A su vez, la oposición en el Congreso busca forzar una sesión especial en Diputados para rechazar el DNU. El jefe del bloque de Unión por la Patria, Germán Martínez, reiteró ese pedido que ya había sido rechazado por el Senado en 2024. Lo anticipó el miércoles, durante la sesión del proyecto sobre Soberanía de las Islas Malvinas, en las comisiones de Defensa, Relaciones Exteriores y Legislación Penal.
Fuente: Crónica — Ver noticia original