El Ministerio Público Fiscal (MPF) de la Ciudad de Buenos Aires apeló la resolución de la jueza Laura De Marinis que declaró la inconstitucionalidad del nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801) y sobreseyó a un adolescente de 14 años imputado por tentativa de robo. Asimismo, la representación fiscal solicitó formalmente el apartamiento de la magistrada de la causa. La apelación fue interpuesta por los integrantes de la Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil, Mauro Tereszko y Paula Raffa Pirra.En la presentación judicial, los fiscales detallaron los aspectos principales por los cuales cuestionan el dictamen de primera instancia.Allà sostuvieron que el recurso resulta admisible al presentarse en plazo y fundado, advirtiendo que la decisión que extingue la acción penal contra el imputado produce “un evidente gravamen de imposible reparación ulterior, al finalizar el proceso penal iniciado contra el adolescente sobreseÃdo en la decisión recurrida, que le impide a este Ministerio Público Fiscal ejercer sus facultades constitucionales”.En la apelación, la fiscalÃa también remarcó que el fallo causa un agravio a su pretensión de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad, los intereses generales de la sociedad y el correcto servicio de justicia. en vivo TRIBUNALES La Libertad Avanza pedirá el juicio polÃtico a la jueza que frenó la edad de imputabilidad en vivo DETALLES El Gobierno reglamentó por decreto el nuevo Régimen Penal Juvenil: ¿Cuáles son los principales cambios?Asimismo, señalaron que la decisión de no aplicar la norma vigente traspasa los lÃmites del Poder Judicial: “Implica arrogarse facultades legislativas, reservadas al Congreso de la Nación, al no aplicar una ley vigente y violar asà el principio de legalidad. Además y precisamente en virtud de lo anterior, la decisión afecta directamente el principio republicano de gobierno y la división de poderes, consagrados en el artÃculo 1 de la Constitución Nacional”.Las claves y argumentos centrales del recursoEntre los principales cuestionamientos formulados por los fiscales Tereszko y Raffa Pirra contra la resolución, se destacan:Gravedad institucional: “La declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional y su uso debe ser limitado, de última ratio, cuando no exista posibilidad de interpretar la norma conforme lo establecido en nuestra Constitución Nacional. La Sra. Jueza se ha apartado de un criterio constante y rector para el derecho”.Fundamentación en el caso concreto: “La Sra. Jueza intenta construir un argumento alrededor del derecho a la protección integral de los adolescentes por ser personas en desarrollo, sin explicar de qué manera, en el caso concreto, ese derecho a la protección integral está siendo violado por esta investigación penal preparatoria”.Pronunciamientos internacionales: “La resolución otorga a las Observaciones del Comité de los Derechos del Niño una fuerza normativa que no tienen”.De Marinis sobreseyó a un adolescente y ordenó que el Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes diseñe un plan de acompañamiento familiar.Aplicación del principio de no regresividad: “La decisión recurrida aplica el principio de no regresividad sin identificar el derecho concreto que habrÃa sido afectado”.Invasión de competencias del MPF: “La decisión recurrida confunde la responsabilidad penal, el proceso y la proporcionalidad de la respuesta estatal; lo cual implica una invasión de la esfera de decisión de este Ministerio Público Fiscal”.Arbitrariedad de la sentencia: “La decisión recurrida que declara la inconstitucionalidad del artÃculo 1 de la Ley Nacional 27.801 se apoya en fundamentos aparentes y no constituye derivación razonada del derecho vigente y, en consecuencia, corresponde su descalificación como acto jurisdiccional válido en los términos de la doctrina sobre arbitrariedad de sentencia”.El caso de la polémica y las aclaraciones del juzgadoLa medida de la magistrada se produjo en el marco de la causa contra M.I.A., un menor de 14 años imputado por un hecho de tentativa de robo infraganti ocurrido el pasado 10 de septiembre. El adolescente figuraba acusado junto a otras tres personas, resultando el único del grupo en recibir el sobreseimiento mediante la inaplicabilidad del artÃculo 1º de la Ley 27.801. en vivo DECISIÃN PBA: revocan el fallo de la jueza Pascual y restituyen la Ley Penal Juvenil en vivo EN CRÃNICA Sergio Berni apoyó la baja en la edad de imputabilidad pero criticó la nueva ley: “Asà no se podÃa instrumentar”Ante las repercusiones del dictamen, el Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas Nº 3 difundió un comunicado institucional para precisar el alcance de lo resuelto: “La declaración de inconstitucionalidad efectuada en la resolución se circunscribe exclusivamente a este caso y a este adolescente, en atención a las particulares circunstancias acreditadas en el expediente”.En esa misma lÃnea, la dependencia judicial concluyó que “la resolución no importa una declaración general de inconstitucionalidad de la ley, sino el análisis de su aplicación en las circunstancias concretas sometidas a decisión judicial”.
Fuente: Crónica — Ver noticia original