Un hombre compró una casa en Tandil, provincia de Buenos Aires, por US$90.000, mediante un acuerdo que contemplaba un anticipo y cuotas mensuales. Sin embargo, tiempo después surgió un conflicto entre las partes y la vendedora intentó rescindir el contrato con la devolución del inmueble.
Tras varios años de disputas judiciales, el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 de Tandil falló a favor del comprador y ordenó a la propietaria otorgar la escritura de la vivienda. La Justicia consideró que el acuerdo seguía vigente y que la cancelación total de las cuotas no era un requisito para escriturar.
El conflicto comenzó el 21 de agosto de 2020, cuando Lisandro Iván Zanazzi y Sandra Liliana Rolando firmaron la compraventa de una propiedad en Tandil.
El precio establecido fue de US$90.000, con las siguientes condiciones:
- US$10.200: como anticipo al momento de firmar el contrato.
- US$79.800: como saldo pendiente.
- US$400: en cuotas mensuales y consecutivas desde diciembre de 2020.
- 21 de septiembre de 2020: fecha originalmente prevista para escriturar.
Según el comprador, debido a las restricciones cambiarias de aquel momento, ambas partes acordaron que las cuotas se abonaran en pesos, utilizando una cotización intermedia entre el dólar oficial y el blue.
El hombre aseguró que realizó los pagos regularmente y que la vendedora los recibió inicialmente sin objeciones.
Por qué la vendedora quiso rescindir el contrato y recuperar la vivienda
En septiembre de 2021, la propietaria intimó al comprador a pagar las cuotas en dólares estadounidenses, tal como figuraba en el contrato original.
Ante el rechazo del hombre, comunicó su decisión de rescindir la compraventa y le exigió devolver el inmueble en un plazo de 30 días.
La mujer sostuvo que nunca había autorizado el pago en pesos y que el incumplimiento justificaba cancelar la operación. También argumentó que había firmado el acuerdo durante la pandemia sin contar con asesoramiento legal adecuado.
El comprador rechazó estas acusaciones y continuó realizando depósitos judiciales para cumplir con las cuotas.
Qué decidió la Justicia sobre la casa y la escrituración
El 27 de octubre de 2026, la jueza María Silvia Guidoni hizo lugar a la demanda de escrituración.
La magistrada determinó que el contrato nunca había condicionado la entrega de la escritura al pago total de la vivienda, ya que ambas obligaciones tenían plazos independientes.
Por eso, ordenó a la vendedora escriturar dentro de los diez días posteriores a que la sentencia quede firme y el escribano esté en condiciones de realizar el trámite.
Además, advirtió que, si la mujer incumple, la escritura podrá ser otorgada judicialmente a su costa, siempre que resulte legalmente posible.
Sin embargo, el tribunal rechazó una indemnización adicional de $4.600.000 solicitada por el comprador, al considerar que no había demostrado los perjuicios denunciados.
Finalmente, impuso las costas judiciales a la vendedora, aunque la resolución es de primera instancia y aún no quedó firme.
Fuente: TN — Ver noticia original