La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal confirmó este viernes el sobreseimiento definitivo del ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, en la causa penal que investigaba presuntas irregularidades y conflicto de intereses en la emisión de un bono a 100 años durante su gestión como Secretario de Finanzas en la presidencia de Mauricio Macri.
La resolución judicial se dio luego de resolver la admisibilidad formal del recurso de casación presentado por la fiscal Eugenia Anzorreguy de Silva, ratificando el fallo previo emitido el pasado 7 de septiembre que disponía el cierre definitivo del expediente y la desvinculación total de Caputo.
Cómo fue la votación de los jueces
El tribunal resolvió el caso mediante un fallo con opiniones divididas entre los magistrados de la Sala I:
-
El voto de la mayoría: los jueces Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola consideraron que correspondía ratificar el cierre irrevocable del proceso, evaluando que los argumentos legales de la defensa sostenían el sobreseimiento decretado previamente.
-
El voto en disidencia: por su parte, el juez Mariano Llorens votó en contra de dar curso a la instancia superior. Argumentó que los planteos de la fiscalía se limitaban a reiterar justificaciones que ya habían sido debatidas y descartadas en apelaciones anteriores.
Con el voto mayoritario, la Cámara dio por concluida la causa de forma definitiva en favor del funcionario nacional, disponiendo únicamente los pasos formales para dar traslado del expediente a la Cámara Federal de Casación Penal si la fiscalía opta por sostener su recurso de manera oral.
De qué se lo acusaba a Luis Caputo
La investigación judicial se había iniciado a raíz de la colocación de deuda pública a un plazo centenario impulsada por el Gobierno de Mauricio Macri. Se buscaba determinar si Caputo había incurrido en omisiones deliberadas al declarar supuestos vínculos o participaciones en sociedades financieras privadas que resultaron beneficiadas en la operatoria de dicho bono.
Tras la revisión de las pruebas y los dictámenes correspondientes, los tribunales determinaron que no existieron elementos para imputar formalmente al ministro, cerrando así de forma firme e irrevocable el expediente.
Fuente: Crónica — Ver noticia original